Magaly Medina indignada con el PJ por restablecer su sentencia en juicio con Lucho Cáceres: “Inaudito. Eso no es justicia”

Magaly Medina se pronunció sobre la anulación del habeas corpus que la protegía de la sentencia por difamación agravada en el juicio que aún mantiene con el actor Lucho Cáceres. Según la Segunda Sala Constitucional, el abogado de Medina, Iván Paredes, intentaba invalidar las sentencias previas, por lo que el habeas corpus no procedía.

¿Qué dijo Magaly Medina sobre la decisión del Poder Judicial?

Ante esta decisión del Poder Judicial, Magaly Medina calificó la resolución como «inaudita» y expresó su preocupación por no haber podido presentar las pruebas en su defensa, además aseguró que no tuvo la oportunidad de dar su versión de los hechos, lo que considera una vulneración de su derecho a una legítima defensa.

“Hasta ahora no se pudieron exhibir las pruebas que mi abogado peleó por presentar. En un juicio el denunciado tiene derecho a una legítima defensa y no se puede condenar solo tomando en cuenta la versión del acusador. Eso me parece inaudito”, dijo la presentadora en una entrevista a Infobae.

La periodista también se refirió a la actitud de Lucho Cáceres tras la rectificación de la sentencia, lamentando que el actor continúe insultándola libremente. También expresó su molestia por las agresiones verbales recibidas y la falta de justicia en su caso, señalando que, a pesar de las circunstancias, ella es la única condenada.

“Él siempre me ha insultado de la peor manera y continúa haciéndolo. En mi equipo periodístico hemos recibido hasta golpes de ese hombre, pero resulta que a la que condenan es a mí. Eso no es justicia”, sostuvo la conductora de ATV.

Poder Judicial rechaza Habeas Corpus de Magaly Medina

La sentencia a Magaly Medina fue dictada en su contra por el Primer Juzgado Penal Liquidador de Lima, la Novena Sala Penal Liquidadora de Lima y la Sala Penal Transitoria.

“No proceden las demandas de Habeas Corpus, cuando los hechos y el petitorio de la demanda no están referidos en forma directa al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado. Por eso se resuelve revocar la sentencia contenida en la Resolución N° Tres de fecha 9 de agosto de 2024″, se lee en el documento.

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